El Poder Judicial desestimó el pedido para una liberación incondicional de Antauro Humala Tasso, quien cumple una sentencia de 19 años de prisión por los delitos de rebelión, secuestro y homicidio calificado por el levantamiento conocido como Andahuaylazo.
En efecto, por medio de la resolución n° 00834-2005-162, la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente la solicitud de beneficio penitenciario emitida por la defensa de Humala Tasso el último 23 de julio.
Esta decisión se da luego de que Antauro Humala apelara la resolución emitida el 30 de noviembre, la cual declaró improcedente el beneficio solicitado por su defensa.
Asimismo, la Sala Penal de la Corte Superior de Lima recordó que no hay nulidad en la sentencia emitida en setiembre del 2009 contra el hermano del expresidente Ollanta Humala.
De igual manera, se comunicó que no se anulará la sentencia en la que se le condenó por atentar contra la vida de los efectivos policiales: Carlos Alberto Pacheco, Luis Chávez Vásquez, Ricardo Rivera Fernández y Abelardo Cerrón Carbajal.
Por otro lado, dentro del análisis del pedido de Humala, la Sala consideró entre sus puntos importantes la examinación de la naturaleza del delito por parte del juez “en rigor a la gravedad objetiva y la trascendencia social del hecho punible”.
En esa misma línea, se determinó la evaluación de “las características individuales en atención del delito cometido, su nivel de inserción en el mundo criminal, y los valores que lo rigen, su conducta en el establecimiento penitenciario y su actitud ante el delito perpetrado y la víctima incluyendo las acciones realizadas para reparar el daño generado”.
Finalmente, el Poder Judicial resolvió confirmar la improcedencia del beneficio penitenciario de liberación condicional solicitado por el sentenciado Antauro Igor Humala Tasso, en la condena que le fuera impuesta por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en la Cárcel el 16 de setiembre del 2009.
Fuente: Diario La República