La Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial resolvió por mayoría declarar infundado el pedido formulado por la defensa legal de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros investigados. El recurso buscaba que se deje sin efecto la disposición fiscal número 228, mediante la cual se cerraba la etapa de investigación preparatoria por el caso cócteles y se establecía la acusación formal.
“2° SPA confirmó por mayoría, resolución del 4° JIP que declaró infundada nulidad planteada por defensa de Keiko Fujimori y otros, contra disposición fiscal que concluyó la investigación que se les sigue por los delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado”, se lee en la publicación difundida este martes en las redes sociales de la Corte Superior de Justicia.
Los argumentos esgrimidos para pedir la nulidad se sostenían en que estaban pendientes las diligencias de toma de declaración a exrepresentantes de Odebrecht como Isaías Ubiraci Chaves Santos, María Lucía Guimaraes Tavares y Angela Palmeira Ferreira.
La sentencia de la Sala señala que la disposición del Ministerio Público no ha vulnerado el derecho a la defensa de los investigados. Además, explica que la decisión de dar por terminada la investigación preparatoria y la de presentar la acusación formal es una potestad del fiscal a cargo del caso, y que no hay normas que digan que esto no puede hacerse cuando hay diligencias pendientes.
El recurso había sido presentado luego de que el fiscal del equipo especial José Domingo Pérez presentara la acusación penal contra Keiko Fujimori y otras 41 personas por los delitos de crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica.
En el caso de Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper y Adriana Tarazona, el Ministerio Público solicitó 30 años y 10 meses de prisión, por los delitos antes mencionados. Para otros 33 acusados, las penas que solicita van desde los 6 a los 22 años de cárcel.
Fuente: Diario Correo