Las autoridades regionales y municipales elegidas en el proceso electoral del año pasado y que asumieron sus funciones a partir del 1 de enero de 2019 tendrán plazo, de manera excepcional, para presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas hasta mañana 30 de abril de 2019, bajo responsabilidad.
La Declaración Jurada debe contener todos los ingresos, bienes y rentas, debidamente especificados y valorizados tanto en el país como en el extranjero. La presentación del documento constituye requisito previo e indispensable para el ejercicio del cargo.
Además se registra y archiva con carácter de instrumento público, en la Contraloría General de la República; y una copia autenticada por un funcionario competente se archiva en la entidad correspondiente.
Sanciones
Según el reglamento de la Ley N° 27482, aquellos que incumplan con presentar la Declaración Jurada de Ingresos, de Bienes y Rentas no podrán celebrar contratos con el Estado ni desempeñar funciones o servicios en entidades públicas, por el período de un año contado a partir del término de los plazos para la presentación de la declaración jurada.
El incumplimiento será puesto en conocimiento por la Dirección General de Administración, o la dependencia que haga sus veces, a la Contraloría General de la República.