El Órgano de Control Institucional (OCI) del Despacho Presidencial, que pertenece a la contraloría, identificó, a través del informe N°008-2021-OCI-DP/0276-SOO, “una situación adversa” que podría “afectar la transparencia” en el ejercicio de la función pública por parte del presidente de la República, Pedro Castillo, y el secretario general de su oficina, Arnulfo Pacheco Castillo.
Tras revisar el portal de Transparencia de la Presidencia, entre el 28 de julio y el 1 de agosto, el OCI notó que ninguna de las reuniones que tuvo esos días Castillo Terrones y Pacheco Castillo había sido registradas.
El documento agrega que ambos ejercieron sus funciones, en ese período, “fuera del domicilio legal” establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial.
El artículo 3 del referido reglamento, aprobado en el Decreto Supremo N°077-2016-PCM el 5 de octubre de 2016, establece que el despacho del jefe de Estado “tiene como domicilio la Casa de Gobierno o Palacio de Gobierno, ubicada en la ciudad de Lima”.
La contraloría también toma como referencia la ley que regula la gestión de intereses en la administración pública (Ley 28024). El artículo 5 enlista al presidente de la República como el primer funcionario comprendido en el ámbito de esta legislación.
El artículo 16 especifica que se debe dejar constancia de la comunicación que tenga como funcionario con gestores de intereses –la persona que se comunica con el propósito de influir en una decisión pública– y está prohibido de “atender actos de gestión de intereses fuera de la sede institucional”.
El OCI, en sus recomendaciones, le pide a Pacheco Castillo adoptar las “acciones preventivas y correctivas que correspondan”, en el marco de sus competencias, con el objetivo de asegurar la transparencia en el ejercicio de las funciones del presidente Castillo y las de él, “debiendo para tal efecto, mantener actualizada” la información del registro de visita en línea y las agendas oficiales del Despacho Presidencial.
Fuente: Diario El Comercio