Desde el martes 1 hasta el miércoles 30 de junio del 2020, estará vigente el estado de emergencia a nivel nacional. Esta medida establecida por el Poder Ejecutivo por primera vez el 16 de marzo de 2020, se toma para detener el avance del COVID-19 en el país.
Según el Decreto Supremo 105-2021-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, durante el periodo mencionado queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente.
Desde el lunes 31 de mayo rige una nueva clasificación de las provincias de acuerdo al nivel de alerta de contagio del COVID-19, establecido en extremo, muy alto y alto, establecido por el Ejecutivo en el marco del estado de emergencia nacional por la pandemia. Esta clasificación tiene vigencia hasta el domingo 20 de junio.
El Gobierno informó que 16 provincias a escala nacional pasarán al nivel de riesgo extremo frente al COVID-19 con lo cual volverán a tener restricciones De inmovilización social, toque de queda y circulación de vehículos.
Asimismo, detalló que, a escala nacional, 8 provincias se encuentran en riesgo alto, 22 regiones en riesgo muy alto, entre ellas figura Lima y Callao, y 5 provincias de la región Ucayali ahora son clasificadas en riesgo alto. Además, las ocho provincias del departamento de Loreto se encuentran en nivel moderado.
Vale recordar que a partir de ahora las restricciones para cada nivel de riesgo durarán tres semanas, y ya no dos, cumplidas las cuales se anunciará una nueva clasificación, en función de la evolución de la pandemia del COVID-19.
Fuente: Diario Gestión