Han pasado más de 14 meses desde que la pandemia nos obligó a cambiar nuestra forma de vivir, estudiar y trabajar. Desde entonces, miles de peruanos han fallecido, dejando en situación de orfandad a miles de niños y adolescentes en todo el país.
Para tratar de atender la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran muchos de los menores de edad que perdieron a sus padres como consecuencia del COVID-19, el gobierno viene otorgando una pensión de orfandad de S/. 200 mensuales, que es entregada cada dos meses a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif).
Los primeros beneficiados
Según ha informado el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), en abril 300 niñas, niños y adolescentes de 19 departamentos (Lima, Callao, Piura, La Libertad, Puno, Junín, Loreto, Arequipa, Lambayeque, Tacna, Moquegua, Pasco, Cajamarca, Ica, San Martín, Ucayali, Amazonas, Huancavelica y Huánuco) conformaron el primer padrón de beneficiarios.
A este grupo se sumaron 561 menores más en mayo, totalizando 861 beneficiarios en los dos primeros padrones, pero según cifras oficiales serán 10,900 los niños y adolescentes en situación de orfandad que serán beneficiados con la asistencia económica para atender sus necesidades básicas.
¿Cómo accedo a la pensión?
Para acceder a la asistencia económica para casos de orfandad por COVID-19, será necesario presentar una solicitud simple o el formato que puede ser descargado desde https://www.inabif.gob.pe/portalweb/asistencia_economica/FORMATO_I_DE_SOLICITUD_SUBSIDIO.pdf.
Adicionalmente, si quien solicita es el padre o la madre (sobreviviente) deberá adjuntar cualquiera de estos tres documentos: acta de nacimiento de la niña, niño o adolescente; certificado de nacido vivo o –de ser el caso– la resolución judicial que declara la adopción.
Pero si el solicitante es el tutor del menor de edad deberá adicionar la resolución judicial, testamento o escritura pública de la tenencia o tutela; y la resolución administrativa o judicial de acogimiento familiar. A estos documentos deberá sumar la declaración jurada en la que informan si reciben o no algún tipo de subvención por parte del Estado. Este formulario debe ser presentado por cada dos beneficiarios.
Fuente: Diario Gestión