El Pleno del Congreso aprobó por insistencia el dictamen que habilitará un nuevo retiro de los fondos de pensiones para los afiliados de las AFP.
Esta norma, que contiene los proyectos de ley 6500, 6631, 6693, 6763, 7035, 7065, 7085, 7111, 7219, 7223, 7270, 7347 y 7357, tuvo algunas modificaciones en la Comisión de Economía del Congreso, por lo que no es igual al proyecto observado por el Poder Ejecutivo.
¿Qué establece este dictamen?
La iniciativa aprobada por insistencia permite el retiro de hasta 4 UIT (S/. 17,600) para todos los afiliados de las AFP. Esto no es aplicable a quienes califiquen al régimen de jubilación anticipada por desempleo.
Ten en cuenta que en este retiro ya no se permite el desembolso del 100% para afiliados mayores de 40 años.
¿Cómo se realizará el retiro?
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá determina el procedimiento operativo para el cumplimiento de los retiros en un plazo máximo de 15 días calendario luego de publicada la ley.
Para el retiro del dinero de las AFP, se establece que este podrá realizarse a través de una solicitud que puede ser presentada de forma remota, presencial o virtual en un plazo de 90 días tras la publicación del reglamento.
En caso pida a su AFP retirar parte de su dinero, el primer desembolso se realiza a los 30 días de presentada la solicitud.
Cada 30 días calendario la AFP tendrá que abonarle hasta una UIT (S/. 4,400). Esto aplicará hasta el segundo desembolso.
Si el afiliado desea ya no retirar el fondo de su cuenta individual, podrá solicitarlo por única vez a la AFP diez días antes de la fecha fijada para el desembolso.
Recuerda que el retiro de fondos de la AFP «mantiene la condición de intangible», por lo que se indica que lo que se retire no podría ser descontado o retenido.
Fuente: RPP Noticias