LA ESPERANZA. La resolución directoral N° 00751 – 2020 de la Unidad de Gestión Educativa Local 02, sanciona por 60 días a Américo Calipuy Gálvez, director de la institución educativa N° 80040 “Divino Maestro”, por haber incumplido su deber establecido en el literal 40 de la ley N° 29944; sin embargo, este y otros docentes investigados, en su afán de evadir cualquier responsabilidad, culparon a la sub directora Nelly Ávalos García, sin respetar su condición de fallecida.
Esta es la Resolución Directoral N° 00751 – 2020 de la Unidad de Gestión Educativa Local 02, en la que sanciona por 60 días a Américo Calipuy Gálvez, al hallarse responsable de esta falta administrativa que ocasionó el pago de remuneraciones, sin descuentos, a los docentes tardones e inasistentes.
Resulta que el mencionado director educativo, nunca reportó de forma correcta las inasistencias y tardanzas del personal docente. Es la resolución directoral 3030-2019 de la UGEL 02, la que da cuenta a detalle las inasistencias y tardanzas de los docentes Jorge Díaz Casanova, Elder Talavera Argomedo y María Mendoza Rodríguez, quienes gozaron del respaldo del director sancionado, pues omitió su deber funcional conforme lo exige la ley, dejando pasar por alto tremendas faltas administrativas. Ellos percibieron sus remuneraciones sin ningún descuento.
Este cuadro se desprende de un claro y contundente informe interno en el que detalla la omisión de descuentos pese a tardanzas e inasistencias registradas en los docentes Jorge Díaz Casanova, Elder Talavera Argomedo y María Mendoza Rodríguez.
Sin embargo, hasta aquí no habría mayor novedad, pero ocurre que el director del colegio “Divino Maestro” de La Esperanza, y los docentes investigados, con el apoyo de otros que se sumaron para unir fuerzas, afirmaron bajo declaración jurada, que la sub directora Nelly Ávalos era la responsable, de acuerdo a su reglamento interno, la encargada de ver las inasistencias y tardanzas. Sin ningún respeto ni consideración a su honor y memoria, toda vez que está en condición de fallecida, y no puede ejercer defensa alguna. Felizmente esta justificación absurda, a buen juicio de la directora del Programa Sectorial III de la Ugel 02 – La Esperanza, Olga Gamarra Chirinos, no fue tomada en cuenta, al no aportar ningún elemento de convicción que desvirtúe la comisión de falta.
Esta es una de las tantas Declaraciones Juradas emitidas por el cuestionado director y otros docentes, culpando a la sub directora fallecida, Nelly Ávalos, como la responsable de llevar el control de tardanzas e inasistencia de los profesores de la I.E Divino Maestro.
Aquí es preciso enfatizar, que se ha remunerado de forma indebida a docentes que no han realizado trabajo efectivo, transgrediendo el “Principio de Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos.” Ello conllevó a sancionar por 60 días al director Américo Calipuy Gálvez, atribuyéndole una falta administrativa tipificada en el literal i), del artículo 48° de la ley N° 29944.