Trujillo. Luego que la Policía Nacional intervino una misa prohibida en la Catedral de Trujillo, el pasado sábado 27 de marzo, y tras verificarse el acta de intervención policial S/N 2021 – SECEME CENTRO, el abogado penalista y exfiscal, Alfredo Galindo, explicó que, según el Código Penal, en el artículo 377, la institución policial habría incurrido en el presunto delito contra la administración pública, en la modalidad de omisión de deberes funcionales, por no haber realizado una correcta intervención a los responsables del templo, así como también a los asistentes, quienes estaban faltando a las normas sanitarias dadas por el Gobierno.
«Se debió intervenir al párroco que ofició la misa, así como a los asistentes y ponerlos a disposición de la comisaría de Ayacucho, a fin de comunicar a la Fiscalía y se realicen las investigaciones pertinentes», explicó el letrado.
Cabe recordar que, la realización de actividades religiosas en plena restricción sanitaria tiene una multa S/. 396, en función al Decreto Supremo N° 046- 2021, el cual declara en nivel extremo a la provincia de Trujillo.
PNP guarda silencio
El equipo de investigación de OVEJANEGRA intentó conversar con el general PNP en la región La Libertad, Carlos Alejandro Céspedes Muñoz, a fin de conocer su posición al respecto y se informe sobre las medidas que se tomarán en los próximos días. Sin embargo, se informó que la máxima autoridad policial no disponía de tiempo para atender a la prensa sobre este caso.