LA LIBERTAD. En solo dos años (2019 y 2020), la Gerencia Regional de Educación de La Libertad – GRELL, recibió bienes y servicios de más de 140 empresas proveedoras, sin que cuenten con el Registro Nacional de Proveedores (RNP); y otras, figuran como inhabilitadas, según el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.
La exorbitante cifra ha generado un terremoto en las oficinas de Abastecimiento de la GRELL, comprometiendo directamente a dos servidoras públicas como las presuntas responsables de estas aparentes amañadas contrataciones. Jhadyre Ofelia Vásquez Fabian, responsable de Adquisiciones; y, Mayra Lizbeth Gamarra Canchachi, responsable de Abastecimiento de la GRELL tienen mucho que responder. Su situación se torna complicada, teniendo en cuenta que para ocupar dichos cargos es requisito indispensable contar con capacitación certificada por el OSCE.


Existen claros indicios que, las trabajadoras comprometidas, habrían incurrido en hechos delictuosos, en una presunta comisión del DELITO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DEL CARGO, por lo que amerita una exhaustiva investigación con la intervención de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de La Libertad, y la Contraloría General de la República.



Mientras tanto, el caso ha sido puesto de conocimiento al jefe de la Oficina de Administración – OA de la Gerencia Regional de Educación de La Libertad, Julio Elmer Sifuentes Nicasio, quien deberá realizar las primeras acciones administrativas.

¿QUÉ DICE LA LEY DE PROVEEDORES DEL ESTADO?
En el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley, se establece que: “Para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)”.
Por su parte, el penúltimo párrafo del artículo 234 del Reglamento precisa que: “Los proveedores son responsables de que su inscripción en el RNP se encuentre vigente, así como no estar inhabilitado o suspendido al registrarse como participante, en la presentación de ofertas, en el otorgamiento de la buena pro y en el perfeccionamiento del contrato. Las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP en dichos momentos”.
Queda claro que, para ser participante, postor y/o contratista, es necesario estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP); siendo responsabilidad del proveedor mantener vigente su inscripción al registrarse como participante, en la presentación de ofertas, en el otorgamiento de la buena pro y en el perfeccionamiento del contrato. Asimismo, es obligación de la Entidad verificar que la inscripción de los proveedores en el RNP se encuentra vigente en los momentos antes indicados.